Publicado el Borrador del Real Decreto de Regulación del Uso del Cannabis Medicinal
El Ministerio de Sanidad, en el texto excluye la dispensación en Farmacia Comunitaria, así como un número importante de patologías e indicaciones
Farmacéuticos y pacientes no entienden que se excluya a la farmacia comunitaria de la dispensación
La Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria cree que si el ámbito de prescripción va a ser hospitalario, la dispensación también debe serlo.
Desilusión entre pacientes y farmacéuticos
ante el primer paso ante la gran esperada Regulación del Cannabis Medicinal en España. Aun es cierto que desde determinados Colegios Oficiales de Farmacéuticos y desde el Observatorio Español del Cannabis Medicinal, se aplauda que se haya dado un paso en firme para regular el Cannabis Terapéutico en nuestro país,
no esperaban que la dispensación se limitara exclusivamente a la Farmacia Hospitalaria.
Esta decisión ha tomado en base al resultado de la consulta pública previa (finalizada el 4 de marzo), en el que se consideraba que las indicaciones propuestas requieren un seguimiento farmacoterapéutico, que se realiza mayoritariamente en ámbito hospitalario.
Patologías incluidas
Las enfermedades que pueden beneficiarse del cannabis medicinal son: espasticidad por esclerosis múltiple con rigidez y espasmos musculares; formas graves de epilepsia refractaria; náuseas y vómitos por quimioterapia; dolor crónico refractario que persiste con los fármacos más comunes.
Formulación magistral, prescripción médica y dispensación hospitalaria
Se suministrará bajo prescripción médica
(que hará control de la evaluación del tratamiento) y a través de fórmulas magistrales en la Farmacia Hospitalaria
Para garantizar la calidad de estos preparados la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios
(Aemps) publicará la monografía de este uso en el Formulario Nacional para fórmulas magistrales
de preparados estandarizados de cannabis, en la que se incluirá la acción e indicaciones legales reconocidas para estos tratamientos.
Los Colegios Oficiales de Farmacéuticos y otras Asociaciones Farmacéuticas reclaman que la elaboración de la formulación magistral, mencionada en el decreto, es exactamente el mismo para hospitales que para farmacias.
Además, añadieron que cuando estas fórmulas son tipificadas, no dan lugar a la posibilidad de modificar las composiciones, por lo que impiden un tratamiento personalizado e individual al paciente.
Las farmacias comunitarias son expertas en la producción de fórmulas magistrales
Las farmacias cuentan con largos años de experiencia en la producción de estupefacientes, metadona, que son medicamentos más fuertes que el propio cannabis. Por tanto, no se entiende qué problema hay para que la farmacia comunitaria, que está acreditada, no pueda preparar una fórmula a base de cannabis; desde el punto de vista de actividad farmacológica es bastante menor que un amorfínico.
Desplazamientos de pacientes
Además, sobre este borrador, los Farmacéuticos Comunitarios alegan que los pacientes deban trasladarse al hospital,
en lugar de acudir a la farmacia, añadiendo una limitación de comodidad muy importante para los pacientes.
Patologías excluidas
Por otro lado, pacientes, farmacéuticos y médicos no entienden por qué se han quedado muchas indicaciones fuera, como, por ejemplo, cuidados paliativos, enfermedades neurodegenerativas muy incapacitantes, trastornos del sueño y otras patologías, donde la evidencia está más que demostrada.
Otra futura oportunidad para la Farmacia Comunitaria
La Farmacia Comunitaria deberá esperar hasta que la regulación evolucione como se ha hecho en otros países de Europa, donde sí está permitida la dispensación del Cannabis Medicinal en todo tipo de farmacias.
Fuente: Correo Farmacéutico